El Gobierno nacional presentó un proyecto que podría significar una de las reformas más profundas al régimen societario argentino de las últimas décadas. Con 276 artículos y cambios que van desde la digitalización total de los trámites hasta la incorporación de empresas operadas mediante inteligencia artificial, la iniciativa busca adaptar la legislación a nuevas formas de hacer negocios y atraer inversiones en un contexto económico cada vez más dinámico. Uno de los ejes centrales del proyecto es reforzar la autonomía de la voluntad. En términos simples, serán los propios socios quienes tendrán una mayor libertad para organizar la empresa según sus necesidades, mientras que las disposiciones legales actuarán principalmente como reglas supletorias —es decir, que solo se aplicarán cuando las partes no hayan previsto la situación en el contrato social. Incluso, el texto limita expresamente la posibilidad de que los registros públicos impongan exigencias o restricciones adicionales a las previstas por la ley.
La reforma también apunta a reducir trámites y acelerar la creación de empresas. Se habilita el uso de firmas digitales y electrónicas avanzadas para constituir sociedades y modificar estatutos, se impulsa la utilización de legajos digitales y se prevé que los procedimientos registrales puedan realizarse íntegramente por medios electrónicos.
En la misma línea, se crea un Registro Nacional de Sociedades que funcionará como una plataforma digital destinada a centralizar la información societaria de todo el país y facilitar su consulta pública. Además, los legajos societarios deberán ser digitales, gratuitos y de acceso irrestricto para cualquier ciudadano.
Otra de las novedades es la flexibilización de las reglas para constituir y organizar empresas. El proyecto permite que los objetos sociales sean amplios y múltiples, sin necesidad de limitarse a actividades estrictamente relacionadas entre sí. Incluso establece que, si el estatuto no especifica un objeto determinado, la sociedad podrá desarrollar cualquier actividad lícita.
También cambia la concepción tradicional del capital social. Los socios podrán fijar libremente el capital de la empresa, sin que necesariamente coincida con el valor de los aportes comprometidos, otorgando una mayor flexibilidad para la estructuración de nuevos emprendimientos y proyectos empresariales.
En materia de financiamiento, la iniciativa incorpora herramientas utilizadas habitualmente por startups y empresas innovadoras en otros mercados. Entre ellas se incluyen contratos de inversión convertibles, opciones de suscripción y otros instrumentos que permiten atraer capital sin necesidad de convertir inmediatamente al inversor en socio de la compañía.
Uno de los aspectos más llamativos e innovadores es la creación de las denominadas «Sociedades Automatizadas». Se trata de empresas que podrían desarrollar su actividad mediante sistemas algorítmicos o inteligencia artificial, sin requerir personal en relación de dependencia para su operación cotidiana. Aunque la figura resulta novedosa para el derecho argentino, el proyecto aclara que estas sociedades responderán por los daños que eventualmente puedan ocasionar sus sistemas tecnológicos. La propuesta también fortalece los acuerdos privados entre socios, otorgándoles mayor reconocimiento jurídico y permitiendo que resulten obligatorios para la sociedad una vez que ésta haya sido formalmente notificada de su existencia. El proyecto deja una señal clara: el derecho societario argentino busca empezar a hablar el lenguaje de la economía digital.
Por otro lado, el texto reafirma el principio de responsabilidad limitada, estableciendo que los socios responderán únicamente hasta el alcance previsto por la ley y por los aportes comprometidos, reforzando así la seguridad jurídica para quienes decidan invertir o emprender.
Más allá de las diferencias que puedan aparecer durante el tratamiento legislativo, el mensaje que transmite el proyecto es claro: la Argentina busca actualizar las reglas de juego para una economía que ya no funciona como hace cincuenta años, lo que implica un cambio de paradigma.
Sus impulsores buscan adecuar la legislación argentina a los estándares internacionales, fomentar la inversión, facilitar la creación de empresas y acompañar la transformación digital de la economía.
El proyecto inicia ahora su recorrido institucional y deberá atravesar el debate legislativo para definir si estas modificaciones finalmente se convertirán en la nueva Ley General de Sociedades de la Argentina.
La pregunta que queda abierta es si esta ambiciosa modernización del régimen societario conseguirá el consenso necesario para transformarse en ley o si parte de sus propuestas quedarán en el camino del debate parlamentario.
Karen Solmi.
